Registro de Contribuyentes
- Ever Enrique Castrillo Chaparro
- 20 sept 2021
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 21 sept 2021
Inscripción
Este módulo permite realizar el registro formal de los contribuyentes en el sistema FISCO para que posteriormente puedan acceder con su usuario y contraseña. Una vez logueado, el contribuyente puede realizar los siguientes procesos:
Actualización del registro.
Cancelación del registro.
Presentación de declaraciones.
Consultar Estado de cuenta.
Solicitar Facilidades de Pago.
Solicitar Devoluciones y/o compensaciones.
Existen dos tipos de contribuyente: Persona Natural y Persona Jurídica. Ambos pueden enviar una solicitud de inscripción, la cual deberá ser revisada y, aprobada o rechazada por un funcionario. Si la solicitud es aprobada, el contribuyente queda formalmente registrado.

Al iniciar la solicitud, el contribuyente debe especificar si es “Contribuyente ICA y/o de otros tributos” o “Contribuyente únicamente de otros tributos”. Dependiendo del Tipo de Contribuyente el formulario de inscripción despliega las pestañas requeridas para su diligenciamiento. El “Contribuyente ICA y/o de otros tributos”, deberá diligenciar las pestañas de Identificación, Ubicación, Actividades, Obligaciones, Establecimientos, Vinculados, Condiciones y Documentos. Mientras que el “Contribuyente únicamente de otros tributos”, deberá diligenciar solamente las pestañas de Identificación, Ubicación, Vinculados y Documentos.

Nota: En la pestaña Documentos, se deben adjuntar los soportes correspondientes que validen la información diligenciada por el contribuyente. Los archivos cargados deben ser formato PDF y tamaño máximo 3MB (3072KB).
Después de haber completado la información en las pestañas del formulario, el contribuyente puede Enviar la solicitud para que el funcionario encargado la revise. La respuesta de aprobación o rechazo será informada al contribuyente por medio de su correo electrónico y mensaje de texto al celular registrado. Si la solicitud es aprobada, se le enviará el usuario y contraseña de acceso a FISCO. Si la solicitud es rechazada, se le enviarán las causales de rechazo para que sean subsanadas.
Tips
El NIT es requerido únicamente para el Tipo de Persona JURIDICA.
El Dígito de verificación es obligatorio cuando el Tipo de Documento es NIT.
El contribuyente puede adelantar su solicitud de registro y guardar el Borrador. En ese momento se le genera un código de recuperación, con el cual podrá retomar la solicitud.
Actualización de Registro
El contribuyente puede actualizar su registro una vez logueado en FISCO a través del menú Registro > Actualizar registro, y se le mostrará el formulario con la información cargada que fue aprobada por el funcionario.

La información modificada en las pestañas de Ubicación, Actividades y Establecimientos se actualiza de forma automática. Si se modifica información en las pestañas de Identificación, Obligaciones, Vinculados y Condiciones, se enviará una solicitud especial de actualización de registro para que el funcionario encargado la revise y, la apruebe o la rechace. La respuesta del funcionario será informada al correo del contribuyente.
Tips
El contribuyente puede consultar el histórico de solicitudes especiales enviadas.
Cancelación del Registro
El contribuyente puede cancelar su registro una vez logueado en FISCO a través del menú Registro > Cancelación del registro. Para cancelar el registro, deberá estar al día en la presentación y pago de sus obligaciones. El proceso inicia con una solicitud de cancelación de registro que envía el contribuyente, luego un funcionario encargado revisará la solicitud y finalmente decidirá si aprobarla o rechazarla. La respuesta será informada por correo al contribuyente. En caso de ser aprobada la cancelación de registro, se le inactiva el usuario de acceso a FISCO.
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